INCORPORACIÓN A LA ESCUELA 2018

Para todas aquellas familias con peques en el último curso de la Escuela Infantil, que ya se han hecho mayores y empezarán el cole este 2018, aquí tenéis alguna información sobre la LOMCE, que puede ser de vuestro interés.

Para empezar, estas son las etapas educativas que establece la ley:



QUÉ ES DIFERENTE CON LA NUEVA LEY

La LOMCE, Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, abre su preámbulo I sosteniendo que el alumnado es el centro y la razón de ser de la educación.

OBJETIVOS DIFERENCIADORES QUE SOSTIENE LA NUEVA LEY:

-          Disminuir la dispersión de requisitos y exigencias del sistema educativo en todo el territorio
-          Disminuir tasas de abandono educativo temprano
-          Aumentar tasas de titulación en secundaria
-          Mejorar el nivel de conocimientos en áreas prioritarias
-          Mejorar la empleabilidad
-          Estimular el espíritu emprendedor
-          Establecer un sistema de señalización claro de los objetivos
-          Promover la autonomía de los centros docentes
-          Incorporar y potenciar las Tecnologías de la Información y la Comunicación
-          Impulsar y modernizar la Formación Profesional
-          Mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras
-          Racionalizar la oferta educativa


Para ello, las propuestas son:

     Flexibilizar y anticipar la elección de itinerarios
3º ESO
- Elección de materias específicas
- Elección entre matemáticas de iniciación a bachillerato y a FP
4º ESO
- Elección entre enseñanzas académicas de iniciación a bachillerato o aplicadas de iniciación a FP

- Examen de acceso a Bachillerato o a FP


     Ciclos de Formación Profesional Básica
Acceso: tras cursar 3 ESO (Excepcionalmente desde 2)
Duración: 2 años (de los 15 a los 17 años)
Tipo: Educación obligatoria y gratuita
Titulación: Título Profesional Básico con posibilidad del Graduado en ESO

Además, se facilitan los accesos entre ciclos y a FP Superior desde Bachillerato. En FP de grado medio las Administraciones podrán ofertar asignaturas de Lengua, de Idiomas, Matemáticas y otras voluntarias orientadas al grado superior.


        Atención personalizada
Evaluaciones adaptadas a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales
Uso de TICs para el refuerzo
Autonomía para diseñar e implantar métodos pedagógicos propios

  Evaluaciones en Primaria:
-               Tercero de Primaria: Detección precoz de dificultades de aprendizaje. Evaluación interna diseñada por las Administraciones con contenidos de expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas
-               Sexto de Primaria: evaluación externa diseñada por el Gobierno para comprobar el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología; sin efectos académicos. El resultado es un informe a disposición de las familias y centros y cuya consecuencia podrá ser la puesta en marcha de planes de mejora para centros.

 En Secundaria:
-               Programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento en segundo y tercero
-               Consejo orientador al final de cada curso
-               Evaluación final ESO: externa (diseñada por el Gobierno). Necesaria su superación para obtener el título de Graduado en ESO. La nota final responde al siguiente cálculo:
o   70%: media de las calificaciones de ESO con un máximo de dos asignaturas suspensas
o   30%: evaluación final

Evaluación final en Bachillerato:
-               Externa y diseñada por el Gobierno
-               Necesaria su superación para obtener la titulación
-               Nota final: media pondera al 60% de las calificaciones de bachillerato y al 40% de la evaluación final.

 Admisión en universidades
-               Desde Bachillerato: desaparece la PAU y las universidades pueden establecer sus propias pruebas
-               Desde FP de grado superior, Enseñanzas artísticas superiores y Enseñanzas deportivas superiores: procedimiento de admisión


     Incremento de la autonomía de los centros docentes

Particularidades:

-               Los centros podrán gozar de autonomía para diseñar e implantar métodos pedagógicos propios
-               Dirección de centros públicos:
o   Autonomía de gestión
o   Podrán valorar la experiencia de los candidatos para su selección y tendrán igual peso profesores externos e internos
o   Para formar parte del equipo directivo será necesario haber superado un curso formativo sobre el desarrollo de la función directiva
-               Se reconocen plenamente los bachilleratos internacional y europeo
-               La educación diferenciada por sexos podrá concertar

Otras medidas
-               Enseñanzas artísticas: Equivalencia de los títulos superiores de Música, Danza, Arte Dramático, Conservación y Restauración de Bienes Culturales, Artes Plásticas y de Diseño, con el título universitario de grado
-               Los docentes pasan a considerarse “Autoridad Pública”
-               Derecho a recibir formación en castellano en todos los territorios
-               Profundidad en el aprendizaje y evaluación por competencias
-               Equiparación de los niveles de enseñanza de idiomas a los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
-               Limitación de la promoción en Eso con dos asignaturas suspensas que no sean simultáneamente Matemáticas y Lengua Castellana o Cooficial



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